Glosario

Todos | # A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z
Actualmente hay 225 entradas en este directorio
Acometida en alta tensión:
Es la parte de la instalación comprendida entre la red existente y el primer elemento de la estación transformadora, seccionamiento, protección o medida, propiedad del peticionario.

Acometida en baja tensión:
Parte de la instalación comprendida entre la red de distribución de la empresa y la caja o cajas generales de protección para suministros en baja tensión.

Acometida:
Parte de la instalación comprendida entre la red de distribución de la empresa y la caja general de protección (C.G.P.). Por este concepto hay que pagar unos derechos en el momento de contratar la energía eléctrica: derechos de extensión y derechos de responsabilidad.

Activo subyacente:
Índice de activos financieros (activo financiero o activo físico) que es objeto de un Contrato de los negociados en el Mercado.

Agente de mercado:
Toda persona física o jurídica que intervenga en las transacciones económicas que tengan lugar en el mercado de producción de energía eléctrica, comprando y/o vendiendo electricidad. Entre otras cosas, deberán adherirse a las Reglas de Funcionamiento del Mercado de Producción de Energía Eléctrica. Son Agentes de Mercado los productores, autoproductores y productores en régimen especial, agentes externos, distribuidores, comercializadores y consumidores cualificados.

Almacenamiento secundario único:
De cara a los procesos de asignación de capacidad y la creación del mercado secundario de capacidades, se establece el concepto de almacenamiento único como resultado de la agrupación de los almacenamientos subterráneos del Sistema Gasista en España.

Alquiler del equipo de medida:
Cantidad mensual que se paga a la compañía distribución eléctrica cuando el contador es propiedad de ésta. Se regula anualmente a través de una Orden del Ministerio de Energía e Industria.

Alta tensión:
Todo suministro con tensión superior o igual a 1.000 V.

Amperio (A):
Unidad de intensidad eléctrica que equivale a un culombio por segundo.

Arbitraje:
La compra simultánea de un commodity o derivado en un mercado y la venta del mismo (o similar) commodity o derivado en otro mercado para aprovechar las diferencias en los precios de ambos mercados.

Aseguramiento de Riesgos:
Asegurar las posibles pérdidas asociadas a un movimiento incierto de precios en el futuro. Se consigue mediante seguros tradicionales a cambio de una prima, bien mediante opciones financieras generalmente diseñadas precisamente para asegurar el riesgo de precio de una determinada posición.

Ask price:
Nivel al cual un vendedor estaría dispuesto a vender. Precio de oferta.

At the Money:
Una opción cuyo strike o precio de ejercicio coincide con su precio de mercado. Su valor intrínseco es nulo.

Backwardation:
Situación en la que el precio del futuro está más bajo en cada uno de los meses siguientes. La situación inversa se conoce como Contango.

Baja tensión:
Todo suministro con tensión inferior a 1.000 V.

Banda de regulación secundaria:
Es la previsión de energía horaria que realiza diariamente el Operador del Mercado. Se trata de una banda que se fija entorno a la previsión de la demanda para restablecer los desequilibrios que puedan surgir a lo largo de la curva de producción-demanda.

Base load:
Bloque de energía eléctrica objeto de contrato (normalmente financiero) durante las 24 horas del día, todos los días de la semana.

Base o basis:
En el mercado de futuros, es la diferencia entre el precio de contado o Spot y precio del futuro del activo subyacente.

Bid / ask:
Es una medida de liquidez de un mercado. El BID es el precio al cual un comprador estaría dispuesto a comprar y el Ask el precio al que un vendedor estaría dispuesto a vender. Así, cuanto menor sea la diferencia o spread entre BID y ask, más líquido será el mercado.

Bid price:
Nivel al cual un comprador estaría dispuesto a comprar. Precio de compra, demanda o puja.

Caja general de protección (C.G.P.):
Caja en la que se alojan los elementos de protección de la línea repartidora. Señala el principio de la propiedad de las instalaciones eléctricas de los clientes.

Cámara de compensación:
Entidad que en los mercados financieros ejerce la función de garante de todas las transacciones. Elimina el riesgo derivado del posible incumplimiento de lo pactado por alguna de las partes contratantes. La cámara se sitúa de eje de la transacción convirtiéndose en comprador frente al vendedor y viceversa.

Canon de almacenamiento GNL:
Precio regulado del servicio de almacenamiento de gas natural licuado (GNL). Este coste es establecido por el MITYC y se actualiza con una periodicidad mínima anual.

Canon de almacenamiento subterrráneo:
Precio regulado del servicio de almacenamiento subterráneo. Este coste es establecido por el MITYC y se actualiza con una periodicidad mínima anual.

Cap:
Techo que se utiliza en los contratos de precio vriable para cubrir el riesgo de que el precio exceda de un nivel fijado de antemano. El proveedor del contrato suele cobrar como contrapartida una comisión.

Capacidad de interconexión:
Capacidades máximas horarias, de importación y exportación, en las fronteras con los países limítrofes. Al ser estas capacidades de transferencia limitadas, es necesario conocer la capacidad para evitar que el flujo neto exceda los límites.

Capacidad de regasificación diaria:
Capacidad de emisión de la planta, como suma de las capacidades de los vaporizadores. Puede expresarse en diferentes horizontes temporales: diario y horario.

Casación del mercado (clearing):
Proceso de igualar (casar) las ofertas de compras con las de venta de un mercado. Punto de equilibrio del mercado. La casación puede ser simple o compleja según concurran ofertas simples o complejas y la adición de la energía de los contratos bilaterales internacionales.

Código nacional de actividades económicas (C.N.A.E.):
Código Nacional de Actividades Económicas. Es un código numérico que viene determinado por la actividad que se desarrolla en un determinado suministro.

Código universal de punto de suministro (C.U.P.S.):
Identificador único del punto de suministro, lo que facilita el intercambio de información entre los agentes del mercado eléctrico.

Cogenerador:
Es aquél que aprovecha la energía residual de su proceso de fabricación para producir electricidad que utiliza en su propio consumo.

Collar:
Contrato de suministro entre un comprador y un vendedor de una commodity por el que el comprador se asegura que no pagará más de un precio máximo y el vendedor que recibirá un precio mínimo. Una opción Collar supone la compra de una opción Call y la venta de un opción Put simultáneamente. Contrato con suelo y techo (Ver Suelo y Techo).

Complemento por energía reactiva:
Complemento por energía reactiva:

Complemento tarifario:
Datos asociados al tipo de tarifa elegida por el cliente y a las características de su equipo de medida que representan una serie de recargos o descuentos en su facturación.

Concentrador principal de medidas eléctricas:
Sistema de información que recoge de forma centralizada las medidas del Sistema Eléctrico Nacional. Estas medidas pueden llegar al concentrador principal procedentes directamente de los equipos de medida que así se determine o de los concentradores secundarios.

Concentrador secundario de medidas eléctricas:
Sistemas de captura y almacenamiento y, en su caso, tratamiento de las lecturas guardadas en los registradores para su posterior envío al concentrador principal, o a otros concentradores secundarios. Estos pueden ser de dos tipos según su titular sea el Encargado de la Lectura u otro agente que, con carácter voluntario, desee disponer de un concentrador secundario para su propio uso, según se establece en las instrucciones técnicas complementarias.

Contador de energía activa:
Aparato destinado a medir la energía activa consumida en una instalación. Puede ser propiedad de la empresa eléctrica o del usuario. Se mide en kWh.

Contador de energía reactiva:
Aparato destinado a medir la energía reactiva consumida en una instalación. Se mide en kVArh.

Contador de tarifa múltiple:
Aparato con varios totalizadores que puede discriminar consumos en diferentes períodos (horas del día, días del año, etc.). Requieren de la instalación de un reloj

Contador:
Dispositivo que mide la energía consumida (activa o reactiva). Puede ser propiedad del cliente o de la empresa suministradora. Mide los consumos en kWh.

Contango:
Término que describe un mercado en el que el valor anticipado del precio spot para los meses siguientes es superior al del actual spot. Cuando se da esta situación, los participantes del mercado prevén una subida del spot. La situación inversa se conoce como Backwardation.

Contrato con suelo (floor):
Contrato mixto, parte a precio variable y parte a precio fijo. En este caso, el precio fijo es un precio mínimo y por encima de éste es variable.

Contrato con techo (caps):
Contrato mixto, parte a precio variable y parte a precio fijo, con el fin de que el comprador pueda aprovechar las reducciones en el índice o precio de referencia, pero imponiendo un límite (caps) en caso de subida de precios, al precio que pagaría al vendedor.

Contrato de futuro:
Contrato normalizado a plazo, por el cual, el comprador se obliga a comprar el activo subyacente y el vendedor a venderlo a un precio pactado (precio de Futuro) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Hasta dicha fecha o hasta que se realice una transacción de cierre, se realizan las Liquidaciones Diarias de Pérdidas y Ganancias.

Contrato de opción:
Contrato financiero normalizado a través del cual, el comprador adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar (call) o vender (put) el activo subyacente a un precio pactado (llamado precio de ejercicio de la opción) que se fija de antemano en una fecha futura (Fecha de Liquidación) a cambio de una prima que se paga por adelantado.

Contrato de tarifas de acceso:
Contrato suscrito con el distribuidor por parte del cliente o generador de carácter anual, salvo excepciones

Contrato financiero
Contrato que puede completarse sin que medie la entrega física de energía a que el contrato se refiere, y que pueden cumplirse mediante entregas equivalentes a éstas (por ejemplo por cantidades y condiciones equivalentes o mediante el pago en unidades monetarias financieramente equivalentes a la entrega física definida en el contrato)

Contrato por diferencias:
Un contrato libre entre dos partes por el que una (vendedor) se obliga a pagar a la otra (comprador) las diferencias positivas entre un precio de referencia (precio del mercado) y un precio de ejercicio (precio del contrato), a cambio de una obligación recíproca por parte del comprador en caso de que el precio de referencia sea inferior al precio de ejercicio.

Contratos bilaterales físicos:
Contratos de suministro de energía eléctrica entre un consumidor cualificado o un agente externo y un productor o agente externo, por el que el vendedor se compromete a proporcionar al comprador una determinada cantidad de energía a un precio acordado entre ambos.

Corto:
Se dice que un agente tiene una posición corta respecto a un activo cuando la disminución del precio de ese activo produce ganancias o cuando el aumento del precio de ese activo produce pérdidas. Estar corto y estar vendido significan lo mismo.

Cuadro general de mando y protección:
Conjunto de aparatos que se colocan en una instalación individual, dentro del lugar del suministro, con el fin de proteger al cliente de cualquier anomalía que se produzca en dicha instalación. Está compuesto del interruptor diferencial y de los interruptores automáticos. Aloja todos los dispositivos de seguridad, de protección y de distribución de la instalación interior.

Curvas de carga:
Se denomina curva de carga de un suministro a la representación temporal del consumo de energía eléctrica, o de la potencia demandada que produce en sus instalaciones.

Demanda en barras de central (Demanda en b.c.):
Energía inyectada en la red procedente de las centrales de generación y de los intercambios internacionales, una vez deducidos los consumos propios de las centrales.

Demanda interrumpible:
Cantidad de demanda que, bajo acuerdos contractuales, puede interrumpirse mediante control directo del operador del sistema, o por acción del consumidor en el momento en que lo solicita el operador del sistema.

Derechos de acceso:
Pago que debe realizarse a la empresa distribuidora por la incorporación a la red de un nuevo punto de suministro o ampliación de potencia de uno ya existente (en ese caso se abonarán únicamente los derechos correspondientes a la diferencia entre los derechos ya pagados y su ampliación).

Derechos de acometida:
Pago que debe hacerse a la empresa distribuidora por la realización de las actuaciones necesarias para atender a un nuevo suministro o para ampliación de uno ya existente, pueden incluir los derechos de extensión y los derechos de acceso.

Derechos de enganche:
Pago a realizar a la empresa distribuidora por la operación de acoplamiento eléctrico de la instalación receptora a la red de distribución.

Derechos de extensión:
Pago a realizar a la empresa distribuidora por la infraestructura eléctrica.

Derechos de verificación:
Pago a realizar a la empresa distribuidora por la revisión y comprobación de que las instalaciones del cliente se ajustan a las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias.

Desvíos:
La diferencia entre la energía medida (corregida por las pérdidas) y la energía contratada. Un agente incurre en un desvío respecto a lo contratado en el mercado diario o intradiario, cuando en alguna hora el saldo neto de la energía contratada difiere de la energía realmente consumida o medida (pérdidas incluidas).

Discriminación horaria:
Mecanismo que consiste en separar, mediante los contadores adecuados, los consumos de energía en períodos o espacios de tiempo previamente establecidos por la Administración (horas punta, valle, llano, días pico al año, días altos al año, etc.).

Energía activa:
Energía eléctrica en la que las características de tensión e intensidad están en fase y, por tanto, se transforma en trabajo útil, aprovechado la generación de calor a través de una resistencia, movimiento a través de un motor, etc.

Energía reactiva:
Energía eléctrica en la que las características de tensión e intensidad están desfasadas 90 grados. No producen trabajo útil, aunque es necesaria para el funcionamiento de determinados receptores, como motores o luminarias. La demanda excesiva de energía reactiva puede ser compensada mediante la instalación de equipos de compensación de energía reactiva o baterías de condensadores.

Enganche:
Conexión de una instalación a la red a través de la acometida.

Equipo de control:
Aquél que tiene por misión controlar la potencia contratada (I.C.P.) o medir la potencia demandada (maxímetro).

Estación de Regulación y Medida (ERM):
Las estaciones de regulación se encuentran ubicadas en los puntos de entrega (salidas) y en ellas se reduce la presión del gas natural hasta 16 bar, como iniciación del proceso de adaptación a la presión final a la que se utiliza por empresas y particulares, que puede bajar hasta 20 milibar.

Estado de compresión (EECC):
Instalación compleja cuyo funcionamiento viene determinado para la combinación de grupos básicos compuestos por una turbina de gas natural y un compresor.

Estimación de consumo:
Consumos que se atribuyen a un suministro, en un período de tiempo considerado, cuando no se conocen sus consumos reales para su facturación. Se calcula en función de los históricos de consumos del mismo período del año anterior, si los hubiere, y en todo caso cumpliendo la Resolución Ministerial del 14 de mayo de 2009, modificada por la del 24 de mayo de 2011.

Estrategia de cobertura:
La cobertura de un riesgo consiste en adquirir una posición exactamente inversa, de manera que el resultado del riesgo de la primera opción más el riesgo de la segunda se neutralicen en su impacto sobre la cuenta de resultados.

Factor de carga:
Es la producción anual de energía dividida por la producción teórica máxima, si la máquina en cuestión estuviera funcionando a su potencia nominal (máxima) durante las 8766 horas del año.

Factor de operación:
Indica el tiempo de conexión a la red con independencia de la potencia.

Factor de potencia:
Es un indicador de dicho aprovechamiento, el cual puede tomar valores entre 0 y 1.

Fecha de ejercicio:
Día en que una opción puede ser ejercitada. La Fecha de Ejercicio se establece en las Condiciones Generales del Contrato.

Fecha de liquidación:
Día en que se liquida el contrato de futuro o de opción. La Fecha de Liquidación se establece en las Condiciones Generales del Contrato.

Flicker:
Es la percepción de la variación de la luminosidad de una lámpara, ocasionada por fluctuaciones de tensión en la red eléctrica. Depende fundamentalmente de la amplitud, frecuencia y duración de las fluctuaciones de tensión que lo causan. No suelen tener una amplitud superior al 10%, por lo que muchos equipos no se ven afectados por ellas.

Fluctuación de tensión:
Producidas por variaciones periódicas o series de cambios aleatorios en la tensión de la red eléctrica. Su duración va desde varios milisegundos hasta los diez segundos y con una amplitud no superior al 10% del valor nominal.

Forward:
También llamado Contrato por Diferencias, es un acuerdo o contrato cuyo objeto es intercambiar un producto de características determinadas a un precio fijo en una fecha futura al momento en que se firma.

Fuga de corriente:
Derivación de la corriente por caminos distintos a los hilos activos provocada, generalmente, por un deterioro del aislamiento del conductor.

Fusible:
Elemento de protección en las instalaciones que se utiliza para protegerlas de las sobreintensidades causadas por cortocircuitos

Futuro:
Contrato normalizado a plazo, por el cual, el comprador se obliga a comprar el activo subyacente y el vendedor a venderlo a un precio pactado (precio de Futuro) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Hasta dicha fecha o hasta que se realice una transacción de cierre, se realizan las Liquidaciones Diarias de Pérdidas y Ganancias. Puesto que la liquidación del Contrato puede realizarse por diferencias, la obligación de comprar y vender se puede sustituir en ese caso por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias.

Garantía potencia:
Pago regulado destinado a garantizar que existe potencia disponible suficiente para la cobertura del suministro de energía eléctrica. Desde el 1 de enero de 2008 ha sido sustituido por los Pagos por capacidad cuyo objeto es garantizar que existe potencia disponible suficiente a medio y largo plazo para la cobertura del suministro de energía eléctrica en todos los nodos de la red.

Gas colchón:
Volumen de gas natural contenido en el almacenamiento subterráneo que es necesario para poder extraer el gas natural útil a la presión de diseño del gasoducto.

Gas de maniobra:
Gas natural custodiado por el Gestor Técnico del Sistema, necesario para posibilitar la operación del Sistema Gasista. Además, todo el gas natural retenido en concepto de mermas se considerará gas de maniobra.

Gas de operación:
Gas natural consumido para el funcionamiento de los equipos e instalaciones de Enagás (turbocompresores de EC, equipos y sistemas de Almacenamientos subterráneos, calderas, antorchas, vaporizadores de combustión sumergida…), Su determinación se realiza mediante equipos de medida instalados a tal fin.

Gas natural licuado:
Gas natural compuesto principalmente por metano y etano que, para facilitar su transporte, se pasa a fase líquida. A presión atmosférica la temperatura de equilibrio es de -161º C. Ocupa seiscientas veces menos que el gas natural en estado gaseoso.

Gas talón o nivel mínimo de llenado:
En el caso de la red de transporte, se refiere al nivel mínimo operativo de las redes de transporte del sistema gasista. Esta cantidad corresponderá al nivel mínimo de llenado de los gasoductos de transporte en GWh, traducida en días de utilización.

Gas útil de almacenamiento:
También conocido como gas operativo, representa el volumen de gas contenido en el almacenamiento subterráneo que es susceptible de ser extraído a la presión de diseño del gasoducto sin la utilización de medios mecánicos, conforme a la curva de declino experimentada. El gas útil es la diferencia entre las existencias totales de gas contenidas en el almacenamiento y el gas colchón.

Gestión de desvíos:
Mecanismo que tiene por objeto resolver los desvíos entre generación y consumo que pudieran aparecer con posterioridad al cierre de cada sesión del mercado intradiario y hasta el inicio del horizonte de efectividad de la siguiente sesión de dicho mercado.

Gestor de AASS:
Es aquel que establece los mecanismos de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de la red básica introduciendo procedimientos de subastas competitivas y la creación de un mercado secundario de dicha capacidad.

GWh:
Equivale a un millón de KWh.

Horas de utilización:
Concepto que relaciona la energía consumida en un período determinado (expresado en kWh) y la potencia contratada (en kW).

Horas llano:
Horas del día en las que el consumo de energía eléctrica es medio. Según el tipo de tarifa elegida por el cliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener o no recargo.

Horas punta:
Horas del día durante las que el consumo de energía es máximo. Según el tipo de tarifa elegida por el cliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener o no recargo.

Horas valle:
Horas del día durante las que el consumo de energía es mínimo. Según el tipo de tarifa elegida por el cliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener o no bonificación.

In the Money:
Opción con valor intrínseco positivo. Una opción de compra o Call está in-the-money cuando el valor de mercado del activo subyacente es mayor que el precio de ejercicio de la opción. Una opción de venta o Put está in-the-money cuando el precio de ejercicio de la opción supera el valor de mercado.

Intensidad:
Una de las magnitudes que caracterizan la corriente eléctrica y se define como la cantidad de electricidad que pasa a través de la sección de un hilo conductor en un segundo. La unidad de medida es el Amperio.

Intercambios internacionales:
Movimientos de energía que se realizan a través de las líneas de interconexión internacional durante un período determinado de tiempo.

Interruptor de control de potencia (I.C.P):
Aparato que limita la potencia máxima que se puede utilizar en una suministro, de acuerdo con el contrato. El real Decreto 1454/2005 del 21 de diciembre de 2005, establece que todos los suministros deben tener instalado algún elemento de control de potencia o ICP. Este interruptor desconecta la instalación cuando la suma de las potencias demandadas por los aparatos que se encuentran funcionando a la vez sobrepasa la potencia contratada. Se sitúa junto al cuadro general de mando y protección e inmediatamente antes de él.

Interruptor diferencial:
Aparato encargado de proteger a personas y cosas contra los contactos indirectos.

Interruptor general automático (I.G.A.):
Aparato utilizado como interruptor de protección general de todos los circuitos de un suministro.

Inversión por extensión:
Es la cantidad correspondiente para instalaciones de extensión que sean preciso realizar a partir de las ya existentes.

Kilovatio (kW):
Unidad de potencia activa que equivale a 1000 W.

Kilovatio hora (kWh):
Es la unidad de energía eléctrica y se utiliza para medir el consumo de energía activa. Equivale a 1000 Wh.

Kilovoltamperio (kVA):
Unidad de potencia aparente que equivale a 1000 VA.

Kilovoltamperio reactivo (kVAr):
Unidad de potencia reactiva que equivale a 1000 VAr.

Largo:
Se dice que un agente tiene una posición larga respecto a un activo cuando el aumento del precio de ese activo produce ganancias (le beneficia) o cuando la disminución del precio de ese activo produce pérdidas. Estar largo y estar comprado significan lo mismo.

Lectura de los suministros por telemedida:
Los suministros cualificados cuyos contadores son de tipo 1 o de tipo 2 se leen en los primeros días de cada mes utilizando la telelectura, es decir, los equipos de medida envían las medidas a las empresas eléctricas sin necesidad de ir a leer por vía telefónica.

Levantamiento de aparatos de medida:
Acción por la cual se desconecta un aparato de medida para su comprobación, sustitución o baja.

Limitador:
También llamado interruptor de control de potencia (I.C.P.). Limita la potencia máxima que se puede utilizar en un suministro, de acuerdo con el contrato.

Línea repartidora:
Parte de la instalación en baja tensión que enlaza una caja general de protección con las derivaciones individuales que alimenta.

Liquidación diaria de pérdidas y ganancias:
Liquidación diaria en efectivo de las diferencias entre el precio de Futuro pactado en los Futuros negociados el mismo día de cálculo y el precio de Liquidación Diaria de ese día, o entre el precio de Liquidación Diaria del día anterior y el del día del cálculo para los Futuros que ya estuviesen abiertos al inicio del día del cálculo.

Market Maker:
Creador de Mercado. Intermediarios responsables en ofrecer liquidez sobre ciertos valores, manteniendo constantemente Bid's y Offer's sobre los valores que estén bajo su responsabilidad, garantizando así la compra/venta de acciones por un mínimo determinado.

Market Splitting:
Método de resolución de congestiones, que se aplica cuando se detectan congestiones en las interconexiones entre dos mercados organizados. Consiste en dividir el sistema en dos áreas, y realizar una casación por separado para cada una de éstas, ajustándolas para que el flujo por la línea sea igual a su capacidad máxima, lo que da lugar a precios de mercado diferentes en cada zona.

Maxímetro:
Aparato de medida de la potencia máxima registrada durante un período de integración de 15 minutos.

Media tensión:
Valores de tensión comprendidos entre 1.000 V y 66.000 V.

Medida directa:
Método de medida en el que el valor de una magnitud a medir se obtiene directamente.

Medida indirecta:
Método de medida en el que el valor de una magnitud se obtiene a partir de mediciones efectuadas por métodos de medida directos de otras magnitudes ligadas a la magnitud a medir mediante una relación conocida.

Mercado de restricciones:
Una vez celebrado el mercado diario e intradiario, y con objeto de que la seguridad y fiabilidad del suministro en la red de transporte quede garantizado, el procedimiento de solución de restricciones técnicas modificará la asignación de las unidades de producción. La solución de restricciones técnicas se realizará mediante la retirada de la casación de ofertas de venta, o la incorporación de ofertas de venta que no hayan sido casadas.

Mercado diario:
Mercado en el que se llevan a cabo las transacciones de compra y venta de energía eléctrica para el día siguiente.

Mercado intradiario:
Mercado que tiene por objeto atender los ajustes que en la oferta y demanda de energía se puedan producir con posterioridad al cierre del mercado diario.

Mercado mayorista de electricidad:
Es un mercado organizado y libre. El primero funciona en base a ofertas de compra-venta de energía que realizan los agentes del mercado (generadores, distribuidores, comercializadores, agentes externos y consumidores cualificados). El segundo, mediante contratos bilaterales físicos entre productores o agentes externos y consumidores cualificados o también agentes externos.

Mercado organizado:
Grandes mercados a plazo en que los contratos están normalizados en cuanto a vencimiento e importe nominal. Se caracteriza por la liquidez y la seguridad de las operaciones debido a un organismo que actúa de cámara de compensación. Los contratos se realizan sobre materias primas, divisas, tipos de interés, acciones e índices bursátiles. Por ejemplo el Meff (mercado de futuros español).

Mercado OTC:
Mercado no organizado, en donde la negociación se hace directamente entre las partes, sin cámara de compensación, los contratos no están normalizados.

Mercado secundario de capacidad de AASS:
Mecanismo de cesión total o parcial de capacidad de AASS y derechos de uso de inyección/extración entre sujetos a través de contratos bilaterales.

Mercado secundario de capacidad:
Mecanismo de mercado que permite contratar capacidad de forma distinta a la del mercado primario, entendiendo éste como el mercado de capacidad directamente contratada con el gestor de la red de transporte.

Mercado spot o contado:
Mercado en el que la entrega física de electricidad negociada se realiza de inmediato o en los dos próximos días de la contratación y simultáneamente al pago en efectivo. Mercado al contado de materia primas.

Mercados de operación:
Mercados que tienen por objeto adaptar los programas de producción resultantes de los mercados diarios e intradiarios a las necesidades técnicas de calidad y seguridad requeridas por el suministro de energía eléctrica. Están compuestos por la solución de restricciones técnicas, la asignación de los servicios complementarios y la gestión de desvíos.

Monofásico:
Suministro de energía eléctrica que se realiza con una fase y un neutro (220 V).

Normas de gestión técnica del sistema (NGTS):
La normativa de Gestión Técnica del Sistema Gasista tiene por objeto el fijar los procedimientos y mecanismos para la Gestión Técnica del Sistema, coordinando la actividad de todos los sujetos o agentes que intervienen en el sistema para garantizar el correcto funcionamiento técnico del sistema gasista y la continuidad, calidad y seguridad del suministro de gas natural y gases manufacturados por canalización, respetando, en todo caso, los principios de objetividad, transparencia y no discriminación.

Odorización:
Operación que consiste en mezclar con los gases inodoros productos de olor especial para permitir su detección. Para ello, se utilizan los Odorizantes: Compuesto químico con olor característico que se añade al gas natural para permitir su detección. Enagás actualmente utiliza tetrahidrotiofeno (THT) como odorizante, aunque existen otros que también pueden ser empleados, como los mercaptanos.

Ohmio:
Unidad de medida de la resistencia eléctrica que nos indica la dificultad que opone un conductor al paso de la corriente eléctrica. Su símbolo es la letra griega omega.

Omel:
Operadora del Mercado Eléctrico. Sociedad mercantil responsable de la gestión económica del sistema.

Opción americana:
Contrato de opción que se puede ejercitar en cualquier momento antes de la fecha de vencimiento. Esto se establece en las Condiciones Generales del Contrato.

Opción asiática:
Contrato de opción en el que el período del subyacente es un precio nocional calculado como media de una serie de precios.

Opción de compra (call option):
Opción que otorga al tenedor el derecho, pero no la obligación de comprar el activo subyacente objeto del contrato al precio de ejercicio. El tenedor (llamado comprador) paga una prima por adelantado al garante de la opción (llamado vendedor). El vendedor está obligado a vender el activo subyacente si el comprador ejerce su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en ese caso no se produciría una compra-venta, sino sólo una transmisión de efectivo. Ejemplo. Un consumidor adquiere una opción de compra (call option) garantizada por un broker o trader a cambio de una prima (cantidad de dinero). Si el precio del mercado sube por encima del precio de la opción, el consumidor puede ejercer la opción (comprar al broker o trader al precio del mercado), eso significa que el broker o trader está obligado a vender cuando el consumidor lo desee. Supone un precio máximo garantizado para el consumidor.

Opción de venta (put option):
Opción que permite al tenedor el derecho pero no la obligación de vender el activo subyacente objeto del contrato al precio de ejercicio. El tenedor (llamado comprador) paga una prima por adelantado al garante de la opción (llamado vendedor). El vendedor está obligado a comprar el activo subyacente si el comprador ejerce su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en ese caso no se produciría una compraventa, sino sólo una transmisión de efectivo. Ejemplo. Un generador adquiere una opción de venta (put option) garantizada por un broker o trader a cambio de una prima (cantidad de dinero). Si el precio del mercado cae por debajo del precio de la opción, el generador puede ejercer la opción (vender al broker o trader al precio del mercado), eso significa que el broker o trader está obligado a comprar cuando el generador lo desee. Supone un precio mínimo garantizado para el generador.

Opción europea:
Contrato de opción que se puede ejercitar sólo en la fecha de vencimiento. Esto se establece en las Condiciones Generales del Contrato.

Opción:
Contrato financiero normalizado a través del cual, el comprador adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar (call) o vender (put) el activo subyacente a un precio pactado (llamado precio de ejercicio de la opción) que se fija de antemano en una fecha futura (Fecha de Liquidación) a cambio de una prima que se paga por adelantado.

Opciones sobre futuros:
Opciones cuyo subyacente, en lugar del precio spot, es el precio de un futuro.

Operador del sistema:
Entidad responsable de la gestión técnica del sistema y de garantizar la continuidad y seguridad del suministro eléctrico y de la correcta coordinación del sistema de producción y transporte, funciones asignadas a Red Eléctrica de España S.A en electricidad y a ENAGAS en gas.

Peaje de carga de sistema:
Precio regulado del servicio de carga de cisternas que incluye el derecho al uso de las instalaciones necesarias para la carga en vehículos cisternas del GNL almacenado en los tanques de la planta de regasificación. Este coste es establecido por el MITYC y se actualiza con una periodicidad mínima anual.

Peaje de descarga de buques:
Precio regulado del servicio de descarga de buques que incluye el derecho al uso de las instalaciones necesarias para la descarga de GNL de un buque a la planta de regasificación. Dicho coste es establecido por el MITYC y se actualiza con una periodicidad mínima anual.

Peaje de regasificación:
Precio regulado del servicio de regasificación que incluye el derecho a regasificar la cantidad de energía contratada así como al uso, con peaje diferenciado, de las instalaciones necesarias para la descarga de buques, transporte a tanques de gas natural licuado (GNL), regasificación y un almacenamiento operativo de GNL en planta. Este coste es establecido por el MITYC con una periodicidad mínima anual.

Peaje de transporte y distribución firme:
Precio regulado del servicio de transporte y distribución firme, que incluye el derecho al uso de las instalaciones necesarias para transportar el gas desde el punto de entrada a la red de transporte hasta el punto de suministro al consumidor final así como la utilización de un almacenamiento operativo proporcional a la capacidad de transporte y distribución contratada en el punto de entrada. Este peaje está formado por dos términos: reserva de capacidad y conducción.

Peaje de transporte y distribución interrumpible punto de salida:
Precio regulado correspondiente a la modalidad de contrato por el consumidor interrumpirá su consumo de gas a solicitud del GTS en determinadas condiciones.

Peaje de trasvase de GNL a buques:
Precio regulado del servicio de carga de GNL en buques o a la puesta en frío a partir de plantas de regasificación.

Pérdidas electricidad:
Coeficiente de pérdidas estándares establecido en la normativa para elevar a barras de central el consumo leído en contador del consumidor.

Pérdidas gas:
Cantidad de gas natural registrada por pérdidas debidas a fugas y/o venteos controlados en el conjunto de infraestructuras de Enagás. Su determinación se realiza mediante estimaciones basadas en la duración de la fuga, volumen geométrico de la misma, presión, etc.

Pérdidas implícitas:
Energía total perdida en las redes de transporte y distribución, medida como la diferencia porcentual entre la demanda en barras de central y la demanda en consumo.

Periodo de extracción:
El ciclo de extracción suele durar seis meses (de noviembre a abril).

Periodo de inyección:
El ciclo de inyección suele durar entre cinco y seis meses (de mayo a octubre).

Planta de licuefacción:
Planta de licuación o licuefacción, esto es, una instalación en la que se consigue cambiar el estado del gas natural de fase gaseosa a fase líquida.

Poder calorífico inferior (PCI):
Cantidad de calor producida por la combustión completa en el aire de una cantidad determinada de gas, de tal manera que la presión p1 en la que la reacción tiene lugar permanece constante y todos los productos de la combustión son devueltos a la misma temperatura especificada t1 como las de los reactantes, todos estos productos están en estado gaseoso.

Poder calorífico superior (PCS):
Según definición ISO 6976, identifica la cantidad de calor en kWh producida por combustión completa de un (1) metro cúbico en condiciones normales de Gas Natural medido a cero (0) grados Centígrados y a presión absoluta de 1,01325 bar, con exceso de aire a la misma temperatura y presión que el Gas Natural y donde los productos de combustión son enfriadas enfriados a una temperatura de referencia a definir (normalmente a 0º C para el Sistema Español) y toda el agua formada en la combustión se condensa completamente.

Potencia activa:
Potencia total absorbida por un receptor.

Potencia aparente:
Potencia útil absorbida por un receptor.

Potencia contratada:
La determinada en la Póliza de Abono.

Potencia de conexión:
Potencia máxima admisible de la Acometida (enlace entre el punto de entrega al cliente y la red de distribución).

Potencia demandada:
Aquélla alcanzada por un suministro durante un período determinado.

Potencia instalada:
Es la suma de las potencias nominales de los aparatos de consumo de ese cliente.

Potencia máxima:
Valor de la mayor de las potencias observada durante un período en el punto de entrega del suministro. Se denomina también potencia de punta.

Potencia nominal:
Potencia máxima que demanda un receptor en condiciones normales de uso. Es obligatorio que conste en la chapa de características del aparato.

Potencia:
En los aparatos eléctricos, se define como la capacidad de los mismos para producir trabajo. También se define como la cantidad de trabajo realizado en la unidad de tiempo. La unidad de medida es el Vatio (W) o el Kilovatio (kW).

Precio de ejercicio:
Precio pactado en el Contrato de Opción al que el comprador de una opción puede comprar (caso de haber adquirido una opción call) o vender (si hubiera adquirido una opción put) el activo subyacente. El vendedor de la opción se obliga, respectivamente, a vender o comprar, en caso de que el comprador ejerza el derecho.

Precio horario del mercado de electricidad:
Precio que resulta de la casación de una hora cualquiera (precio marginal del mercado).

Precio medio del mercado de electricidad:
Precio promedio que resulta de la casación diaria. Promedio de los precios de las 24 horas.

Precio medio ponderado:
Resultado de multiplicar cada uno de los distintos precios medios por la energía correspondiente, sumar las cantidades así obtenidas y dividir dicha cantidad por la suma de las energías consideradas.

Previsión de carga:
Estimación de las cargas de una red para un momento futuro determinado.

Prima:
Importe que el comprador de una Opción paga al vendedor de la misma por adelantado.

Puesta en servicio de una instalación:
Es la conexión de las instalaciones del cliente a la red de la empresa suministradora.

Punto de medida:
Emplazamiento en la finca, donde se encuentran uno o más equipos de medida.

Receptor:
Cualquier aparato o mecanismo capaz de consumir energía eléctrica y transformarla en trabajo útil.

Red distribución electricidad:
Conjunto de líneas, parques, transformadores, y otros elementos eléctricos con tensiones inferiores a 220 kV, distintas de las de la red de transporte.

Red distribución gas:
Comprende los gasoductos con presión máxima de diseño igual o inferior a 16 bares y aquellos otros que, con independencia de su presión máxima de diseño, tengan por objeto conducir el gas natural a un único consumidor partiendo de un gasoducto de la Red Básica o de transporte secundario.

Red transporte electricidad:
Conjunto de líneas, parques, transformadores y otros elementos eléctricos con tensiones superiores o iguales a 220 kV y aquellas otras instalaciones, cualquiera que sea su tensión, que cumplan funciones de transporte de interconexión internacional y, en su caso, las interconexiones con los sistemas eléctricos españoles insulares y extrapeninsulares.

Regulación secundaria:
Es un servicio complementario potestativo, que comprende los conceptos de reserva o banda de regulación secundaria, y de energía de regulación secundaria efectivamente suministrada. La energía de regulación secundaria necesaria es la que resulta de los requerimientos de regulación del sistema como consecuencia de las desviaciones que se producen por las variaciones de la demanda de electricidad. Tiene por objeto mantener el equilibrio entre generación y demanda. Para cubrir la necesidad de reserva de secundaria se envían ofertas al Operador del Sistema en las que se incluyen en períodos horarios el par banda-precio a subir o a bajar. El Operador del Sistema asignará la secundaria necesaria en tiempo real. La regulación secundaria sólo cubre en general desequilibrios inferiores a 1000 MWh a subir y a bajar del 50% al 100% de la banda a subir.

Regulación terciaria:
Servicio complementario potestativo, que tiene por objeto restablecer el equilibrio de la curva producción-demanda y recuperar la reserva de regulación secundaria que haya sido utilizada. Cuando se dan grandes desequilibrios en dicha curva, y la regulación secundaria no ha sido suficiente, el Operador del Sistema abre un mercado de regulación terciaria en el que los agentes del mercado ofertan subir o bajar su programa en función de los requerimientos del sistema. Estos desequilibrios pueden producirse por averías de algún grupo generador.

Reserva de secundaria o banda de regulación secundaria:
Es la previsión de energía horaria que realiza diariamente el Operador del Mercado. Se trata de una banda que se fija entorno a la previsión de la demanda para restablecer los desequilibrios que puedan surgir a lo largo de la curva de producción-demanda.

Resistencia eléctrica:
Es la mayor o menor oposición que ofrece un conductor a ser atravesado por la corriente eléctrica. La unidad de medida es el ohmio.

Restricciones técnicas:
Mecanismo integrado en el mercado de producción de energía eléctrica realizado por el Operador del Sistema, consistente en la resolución de las restricciones técnicas identificadas en el programa resultante del mercado diario, mediante la modificación de los programas de los grupos de generación y el posterior proceso de reequilibrio generación-demanda.

Riesgo de base:
Riesgo que aparece ante la imposibilidad de cubrir perfectamente una posición, debido a no encontrar un producto con un riesgo con correlación exactamente inversa a la que queremos cubrir.

Riesgo de crédito:
El asociado a los efectos sobre la cuenta de resultados del incumplimiento de los contratos por parte contratante.

Riesgo de liquidez:
Es el que proviene de la falta de liquidez en un mercado para poder hacer efectivas las estrategias deseadas en la gestión de riesgos.

Riesgo de precio o mercado:
El asociado al impacto que sobre la cuenta de resultados produce las alteraciones en el precio de los inputs o de los outputs de una empresa.

Riesgo de volumen:
Es el que tiene su origen en el desconocimiento sobre la cantidad exacta que se va a disponer en cada momento de tiempo, asociada a un contrato de compra o de venta de energía.

Riesgo regulatorio:
Es el riesgo de que la cuenta de resultados de una empresa se vea afectada por cambios imprevistos en el marco de regulación.

Servicio de almacenamiento de GNL:
Servicio que incluye el derecho al almacenamiento de GNL en los tanques de la planta de regasificación y de todas las instalaciones necesarias para el mismo.

Servicio de capacidad interrumpible:
Posibilidad de interrumpir el suministro en condiciones establecidas reglamentariamente. Para contratar esta modalidad de servicio de acceso, será necesaria la firma de un convenio entre el consumidor, el comercializador, en su caso, y el Gestor Técnico del Sistema Gasista. En el caso de que el consumidor sea un generador eléctrico, deberá firmar igualmente el Operador del Sistema Eléctrico.

Servicio de carga de buques:
Servicio consistente en la carga de GNL de un buque metanero, desde una planta de regasificación. Esta operación sólo será posible siempre y cuando esa actividad no interfiera con las operaciones relacionadas con el suministro de gas en el sistema.

Servicio de carga de cisternas:
Servicio que incluye el derecho al uso de las instalaciones necesarias para la carga en vehículos cisterna del GNL depositado en las plantas de regasificación para su transporte a las plantas satélites de regasificación.

Servicios complementarios:
Servicios necesarios para asegurar el suministro de energía en las condiciones de seguridad, calidad y fiabilidad requeridas. Incluyen: regulación primaria, regulación secundaria, regulación terciaria y control de tensión de la red de transporte.

Sistema de protección:
Aquél que impide los efectos de las sobreintensidades y sobretensiones que por distintas causas pueden producirse en las redes.

SL-ATr (Sistema Logístico de Acceso Tercero a Redes):
Con el objetivo de disponer de una herramienta de comunicación fluida y en tiempo real entre los distintos sujetos del Sistema Gasista, que sirva de soporte a la gestión del ciclo completo de gas natural; solicitud de capacidad, contratación, programaciones y nominaciones, mediciones, repartos, balances y facturación, se ha desarrollado el sistema de información SL-ATR (Sistema Logístico de Acceso de Terceros a las Redes).

Sobrecarga:
Se dice que en un circuito o instalación hay sobrecarga o está sobrecargada cuando la suma de la potencia de los aparatos que están a él conectados es superior a la potencia para la cual está diseñado el circuito de la instalación.

Sobretensión (en una red):
Toda tensión entre un conductor de fase y tierra o entre dos conductores de fase, cuyos valores de cresta sobrepasan el valor de cresta de la tensión más elevada para el material.

Solicitud de acceso y reserva de capacidad:
Petición por la que se solicita capacidad para un servicio en el mercado primario, mediante la reserva de capacidad en una infraestructura y por un periodo determinado.

Spread:
Opción sobre las diferencias de precio entre dos activos subyacentes.

Stock máximo de gaseoducto:
Se define por las presiones máximas en cada uno de los puntos de entrada al Sistema que, respetando las producciones mínimas técnicas, permitan atender la demanda sin superar en ningún punto las presiones máximas de garantía del gasoducto de transporte (normalmente 80 o 72 bares).

Stock mínimo de gaseoducto:
Se define por las presiones mínimas necesarias en cada uno de los puntos de entrada para garantizar que, manteniendo las producciones mínimas de cada una de ellas, se respetan las presiones de garantía en todo momento de acuerdo con las NGTS (Normas de Gestión Técnica del Sistema).

Stranddle:
Estrategia combinando opciones, que consiste en comprar una put y una call con un precio de ejercicio idéntico.

Strangle:
Estrategia combinando opciones, que consiste en comprar una call a un determinado precio de ejercicio y simultáneamente una call con un precio de ejercicio idéntico.

Strip:
Series de opciones con vencimiento en fechas sucesivas.

Suministro eventual:
Aquél que se realiza con una duración inferior a doce meses para un fin concreto, transitorio y esporádico como los provisionales por obra, ferias u otros, circunstancia que se deberá consignar en el contrato.

Suministro temporada:
Aquél que se realiza con una duración inferior a doce meses de forma repetitiva anualmente, tanto en alta tensión como en baja tensión, con la excepción en esta última tensión de aquellos suministros cuyo uso sea el de vivienda.

Swaps:
Son contratos financieros negociados entre dos partes de modo que una de ellas garantiza un precio fijo para un determinado periodo, cubriéndose la contraparte de cualquier fluctuación en el precio.

Swing:
Contrato que da el derecho pero no la obligación a comprar o vender una cantidad de energía variable en determinadas fechas o durante un cierto período de tiempo a un precio determinado siempre que durante la vida del contrato sólo se ejerza el derecho a comprar o vender energía al precio de ejercicio durante un número de veces determinado, y que se apliquen unos máximos y mínimos de cantidad consumida cada vez que se ejercite el contrato.

Take or pay:
Tipo de contrato por el cual el comprador paga un volumen establecido, aunque consuma menos. El método "take or pay" es usual en el mercado de gas, como una garantía para los proveedores y las inversiones necesarias. Estos contratos dan seguridad al vendedor y a sus bancos para financiar inversiones en estructuras.

Tarifa (Seis periodos):
Aquél que comporta seis precios diferentes según las horas del día.

Tarifa (Triple):
Aquél que comporta tres precios diferentes según las horas del día.

Tarifa de acceso o peajes de red:
Es el valor de los peajes correspondientes al uso de las redes de distribución y transporte. Estos peajes están regulados por el Gobierno.

Tarifa Último Recurso (T.U.R.):
Tarifa de aplicación a los consumidores conectados en baja tensión y con potencia contratada menor o iguala 10 kW que contraten el suministro con un comercializador de último recurso. Están regulados por el Gobierno.

Tensión nominal:
Aquélla para la que ha sido previsto el funcionamiento de un equipo.

Tensión:
Diferencia de potencial eléctrico que tiene que existir entre los bornes de conexión o entre dos partes activas de una instalación, para que la corriente eléctrica circule por dicha instalación.

Término de energía:
Es el producto de multiplicar la energía consumida durante un período de facturación por el precio del término de energía unitario (euro/kWh).

Término de potencia:
Es el resultado de multiplicar la potencia a facturar por el precio del término de potencia unitario (euro/kW y mes).

Término de reserva de capacidad de gas:
Elemento constitutivo del peaje de transporte y distribución firme, que incluye el servicio de transporte del gas desde el punto de entrada al sistema de transporte hasta el punto de balance virtual del sistema de transporte de gas.

Titular de contrato:
Persona o empresa que es titular de la instalación eléctrica receptora y que es titular de la misma ante la Delegación de Industria competente.

Titular de pago:
Persona o empresa que asume el pago de las facturas de energía eléctrica.

Trifásico:
Suministro de energía eléctrica que se realiza con tres fases.

Variaciones de frecuencia:
En sistemas eléctricos de corriente alterna, vienen producidas por una alteración del equilibrio entre la carga (consumo de los receptores de la instalación) y la generación. Este desequilibrio se puede producir cuando la carga es superior a la generación (disminución de la frecuencia) o cuando la carga es inferior a la generación (aumento de la frecuencia).

Vatio (W):
Unidad de potencia activa.

Volatilidad:
Es la desviación estándar de los rendimientos de los precios normalizada por el tiempo, expresado éste en términos anuales.

Voltamperio (VA):
Unidad de potencia aparente.

Voltamperio reactivo (VAr):
Unidad de potencia reactiva.

Voltio (V):
Unidad de tensión eléctrica. Se define como la diferencia de potencial que debe de existir entre los extremos de una resistencia de 1 ohmio, para que circule por ella una corriente de 1 amperio de intensidad.